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Las sanciones por piratería de programas de cómputo, de acuerdo con las leyes mexicanas, pueden alcanzar hasta seis años de cárcel y multas que ascienden a 500 días de salario mínimo, o incluso ambos, revela la Asociación Mexicana de la Industria de Tecnología de la Informática (AMITI).

De acuerdo con información publicada en la página de Internet de la AMITI, la utilización de programas informáticos o consumibles que imiten a los originales no son un acto inofensivo, pues está considerado fraude y por tanto se convierte en una violación a los derechos de autor.

Refiere que en 1991 los programas de cómputo se incluyeron como obra autoral, protegida por el artículo siete inciso j de la Ley Federal de Derechos de Autor y actualmente el artículo 135 indica que es ilegal realizar o distribuir copias de una obra protegida, salvo si tiene uso autorizado y se utiliza sólo como archivo o respaldo.

En su portal, la asociación sugiere a los distribuidores de programas, consumibles y equipos informáticos vender productos originales e invita a los usuarios y empresas a utilizar en cada uno de sus equipos sólo los artículos que cuenten con la garantía y beneficio que los fabricantes ofrecen.

Expone que el uso de productos piratas, que en muchos casos son idénticos a los originales, enfrenta riesgos innecesarios como infección por virus cibernéticos, pérdida de información, discos alterados, programas defectuosos o daño irreparable a otros artículos como impresoras o escáner.

Aunado a ello, la industria tecnológica resulta la más perjudicada y amenazada, toda vez que a los desarrolladores les toma años realizar un programa, consumible o equipo, y donde parte de las ganancias obtenidas son reinvertidas en la investigación de productos más avanzados, agrega la AMITI.

Fuente: www.Noticiasdot.com

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