Por si quedaba alguna duda, lo aclara expresamente la Fiscalia en su circular “1/2006, 5 de mayo de 2006, sobre los delitos contra la propiedad intelectual e industrial tras la reforma de la Ley Orgánica 15/2003″.
BandaAncha.st se hace eco de la que ha publicado la FiscalÃa que trata en en particular de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial.
En concreto en las páginas 25 y siguientes, y de la 31 en adelante se habla de las descargas desde Internet dictaminando que no hay delito si no existe ánimo de lucro (entendido éste como cualquier tipo de beneficio), pero circunscribiendo ese lucro al ámbito estrictamente comercial.
Ello incluso incluso “colgar” directamente las canciones en un servidor.
En caso contrario estarÃamos hablando únicamente y exclusivamente de un “IlÃcito Civil”.
Más información en los enlaces que os ofrecemos a continuación:
ArtÃculo en BandaAncha.st:
http://www.bandaancha.st/weblogart.php?artid=3914
Fuente: Hispamp3.com
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